martes, 30 de abril de 2013

La Aljama de Soria: Las disposiciones antijudías de las cortes de Soria de 1380

A la muerte de Enrique II, un rey tolerante con la comunidad judía, parecía que las cosas iban a cambiar, pues su hijo, Juan I, se había manifestado en muchas ocasiones en contra de los judíos. Rodeado de un importante séquito eclesiástico, decidió emprender una profunda reforma religiosa que llevo consigo el planteamiento de la cuestión judía.

Parece que todo vino acelerado por un hecho ocurrido en la Aljama de Sevilla, en la que Yosef Picho, arrendador real fue acusado de malversación e impago y condenado en 1379 a pena de muerte justo en el mismo momento en el que se estaban celebrando las Cortes en Burgos. En aplicación del privilegio que hasta aquel momento tenía la comunidad judía de exigir la ejecución de la sentencia por ellos mismo, los procuradores de Sevilla denunciaron ante las Cortes que si esto era permitido, quién se atrevería a testificar o a acusar antes un tribunal cristiano en adelante. Juan I decidió entonces en las Cortes de Soria suprimir dicho privilegio y eliminar la jurisdicción criminal a los rabíes, viejos y adelantados de los Judíos, dejándoles solamente la civil para librar los pleitos entre ellos, argumentando que con el advenimiento del mesías, la capacidad judicial del pueblo de Israel había finalizado, por lo que los judíos quedaban sometidos a la potestad de los cristianos. 

También, y como consecuencia de esto, el Rab de la Corte queda incapacitado, tal como venía siendo costumbre, para ejecutar una sentencia si la condena fuese la pena de muerte o la pérdida de un miembro. En tales circunstancias, el reo pasaría a ser entregado al Alcalde de la corte o al cualquier juez de la villa o ciudad, quienes ejecutarían la sentecia. El propio rey parece que se ve obligado a disponer tal medida en las Cortes de Soria por las malas interpretaciones que se venían haciendo de la medida vigente hasta entonces:  

"Otrosy por razon que los judios de nuestros regnos usavan sacar de entre si rabis e otros jueces e les dava poder, para que pudiesen librar todos los pleitos que entre ellos acescieses, asy ceviles como criminales, lo qual es muy grand pecado en ge lo consentir e de lo confirmar, ca segund dicho es de los profetas, fue privado dellos todo sennorio e toda libertad en la venida de nuestro señor Jhesu Christo, e por que desto se siguen muchos males e dapnos a los reyes e a todos los cristianos de nuestros regnos e a los comunes de sus aljamas en general e especial; por esta razon ordenamos e mandamos que de aquí adelante non sea osado ningund judio de nuestros regnos, asy rabis como viejos  nin adelantados ni otra persona alguna de los que agora son o serán de aquí adelante, de entremeterse de judgar ningund pleito que sea criminal, asy como muerte de ombre o perdimiento de miembro o desterramiento; pero que puedan librar todos los pleitos ceviles que fueren entre ellos, e los pleitos criminales que los libre uno de los alcalles de las villas e lugares, cada uno en su jurisdicion, qual escogieren los judios..."

En el articulado de estas Cortes, además, se renovaría el antiguo ordenamiento por el que ninguna cristiana podría criar a hijos de judíos o moros, aunque no se prohibiría que los cristianos vivieran con ellos: «por que hayan quien les labre sus heredades e los acompañen de una parte a otra, por que de otra guisa muchos se atreverían a ellos por los matar e deshonrar».

Se impusieron penas a los que ofendiesen a conversos o cristianos nuevos con confirmando el mandato del anterior rey Enrique II en las Cortes de Burgos de 1379. Aunque se excluían de este ordenamiento a los judíos pertenecientes a las casas del Rey, de la Reina, infantes, caballeros o prelados.

Otra de las cláusulas, ampliación del otorgado en las Cortes de Burgos de 1379, es la de prohibir a los judíos la de recitar la "oración de los
herejes" (Birkat Haminim) según se indica en el Talmud y en la que se maldecía a cristianos y clérigos.

También se eliminaría la potestad de poder circuncidar a sus esclavos musulmanes y tártaros bajo pena de pérdida de libertad al que realizara o permitiera tal actividad, así como al que convirtiera a su ley o tolerara e hiciera proselitismo de la ley mosaica.

domingo, 28 de abril de 2013

La Aljama de Soria: El Museo Numantino

En la actualidad en el Monasterio de San Juan de Duero, sede de la Sección Medieval del Museo Numantino, que ya por sí sólo merece una visita obligatoria por tener uno de los claustros más sorprendentes y bellos de todo el románico castellano, se exponen varias piezas de la comunidad judía, no sólo de la ciudad, sino también de la provincia de Soria.




Entre ellas, se destaca la mitad de la lápida de la tumba de Abraham Satabi, de piedra arenisca, datada entre los siglos XIII al XIV y que procede del cementerio judío de Soria. Dicha lápida es similar a otros modelos de tumbas cristianas de la época, con planta trapezoidal y cuyo grosor va disminuyendo de la zona superior (cabeza) a la inferior (pies) por lo que las letras de inscripción que se lee van disminiyendo de tamaño del inicio al final de ésta.


Esta lápìda constituye una rareza por los elementos decorativos distintos en cada una de las caras y contiene una inscripción, en epigrafía hebraica-hispánica, donde se lee:

«En aquel momento la visión cesó […] / al morir un sabio, un
hombre […] / […] un rabí lleno de […] / […] Abraham Satabi».



Otras piezas que se exponen en esta sede del Museo Numantino proceden de la necrópolis del Cerro de los Judíos en Deza (Soria) frutos de la excavación que se llevó a cabo en 1933. Entre dichas piezas, datadas entre los siglos XII al XIII, se pueden resaltar varios anillos de plata decorados o con inscripciones y varios conjuntos de cuentas de collares.




 

sábado, 27 de abril de 2013

La Aljama de Soria


Hay muchas leyendas que hablan sobre el origen del nombre de la ciudad de Soria, pero hay una expresa el legado judío de la ciudad. Para las primeras comunidades judías, el monte, que albergaría más tarde el Castillo, y sobre el cual, en sus laderas se asentarían más tarde dicha comunidad, tendría un nombre, Oria, que evocaría al monte del Templo en Jerusalén, el monte Moriá.


Este origen del nombre de la ciudad, estaría bastante alejado de donde, según estudios etimológicos, el nombre de Soria proviene. Y es que según las últimas investigaciones, Soria sería una palabra compuesta, de origen vasco, procedente de los pobladores que vinieron a la zona durante la repoblación medieval, hacia finales de la Alta Edad Media o principios de la Baja. Estos habrían dado en llamar a la zona como So-ria, de So (que mira o mirador) y oria, de ur-a (río o corriente de agua). Es decir, El Mirador (o El Mirón) del río, en este caso, el Duero.


Sí que es cierto, tras varios años de trabajos arqueológicos, que los primeros asentamientos en Soria se remontan a la edad de Bronce, en la que en el cerro del Castillo existió un castro celtibérico, restos anteriores incluso a la existencia de Numancia. Parece que durante la época de la dominación romana y visigoda Soria careció de importancia estratégica y comercial, caso distinto al de la dominación árabe, en la que el cerro del Castillo contó con una atalaya o pequeña fortaleza que protegería a la pequeña ciudad que empezó a crecer en el collado, y que sería la base de la actual urbe. 
Pero la importancia de esta ciudad, al igual que la del resto de la provincia, llegaría durante la época de la reconquista, en la que se convertiría en un significativo enclave estratégico por su situación junto al Duero, que marcaría la frontera entre los reinos cristianos al norte y los musulmanes al sur.
 

Fue a comienzos del Siglo XII, cuando el rey Alfonso I el Batallador conquista la ciudad a los musulmanes (1119), permite su repoblación y otorga fueros a la ciudad (1129). Es en este siglo XII y por el articulado de sus fueros donde ya se documenta la existencia de la comunidad judía y donde se establecen la regulación de algunas relaciones entre judíos y cristianos (#108, #109 y #129), pudiendo establecerse que la presencia judía  es, por tanto, anterior a estos fueros, de ahí la necesidad de la regulación.

En los fueros de Soria además se indica que los corredores, los encargados de vender y comerciar con objetos y bienes del concejo, serían nombrados por el juez y los alcaldes bien entre los cristianos o bien entre los judíos (Cap. XI, arts. 109-112). Con este punto, se reconoce (y se protege, como se hace en el título 45) la importancia que la comunidad judía tendría en el comercio en Soria, que giraría en torno a la lana, y por supuesto, al igual que sucedió en el resto de ciudades castellanas, jugaría un papel muy importante en el negocio lanar y en el comercio de esta materia. Según Cantera Burgos, las actividades económicas principales de los judíos de la provincia de Soria fueron, además de las de mercaderes en el comercio de lanas, paños, ganados y tenerías, las de prestamistas, arrendadores de rentas y cobradores de las mismas. 
Sin embargo, no todo el articulado de los fueros era proclive a la comunidad judía. En varios títulos (Tit.28/13) se excluía del marco de garantías a los que profesaban otra religión distinta al cristianismo, aunque el fuero mostraría en mejor situación a los judíos al frente  de actividades relacionadas con el comercio que a los musulmanes, que aparecen como siervos y dependientes en grado de semiesclavitud (Tit. 11/3; 12/1).
Pese a que a medida que avanza la edad media, las fronteras se van alejando hacia el sur debido al empuje de los reinos cristianos sobre los musulmanes, Soria seguirá siendo un enclave estratégico debido a las luchas por el territorio entre los reinos de Castilla, Navarra y Aragón, por la importancia de la cabaña trashumante en esta zona y por el mercado de la lana y su peso en el Real Concejo de la Mesta. Por este motivo comercial, la Aljama judía de Soria llegaría a ser una de las las diez aljamas mayores del reino de Castilla durante el Siglo XV. 


Al comienzo de la repoblación de la ciudad, los judíos parece que se concentraron en los aledaños del castillo, según ha quedado documentado:

en el castillo de Soria, dentro del muro principal, hay un cuerpo espacioso en el cual antiguamente hubo trescientas casas y un templo, que hoy dura, aunque arruinado. Muchas de estas casas dicen que eran de judíos, y aquella población, con la que había por fuera, se llamaba alhama”. 

No debe interpretarse esto como que los judíos moraban en el interior de la fortaleza, sino en sus alrededores o inmediaciones, aunque sí que la comunidad judía tuvo a su cargo, como fue habitual en los reinos hispanos durante la edad media, la defensa de la fortaleza a cambio del disfrute de una total libertad de movimientos, el estar exentos de pagar toda clase de monedas y, lo que era más importante, de una especial protección por parte del monarca, como así quedó registrado durante el reinado de Enrique IV en un privilegio existente en el archivo del Ayuntamiento.



Como señalan B. Taracena y J. Tudela en "Soria: Guía artística de la ciudad y su provincia", cobijada en la espaciosa plaza de armas y en las inmediaciones del Castillo (de Oria), vivió apiñada la población judía y fue tan numerosa que era considerada la aljama de Soria como una de las principales de Castilla.


Ver La Aljama de Soria en un mapa más grande

Por la insuficiencia de espacio en los alrededores del castillo para acoger una población cada vez mayor y por el deseo de los judíos quizás de acercarse a la parte baja de la ciudad, donde se desarrollaba la actividad comercial en torno a la iglesia de Santa María del Azogue, cercana a la colegiata de San Pedro, la comunidad comienza a asentarse en las proximidades de la Plaza Mayor. La Calle del Teatro, que baja hasta dicha Plaza Mayor, se llamaría hasta tiempos no muy lejanos como la Calle de la Judería y se cree que aquí estuvo situada una de las sinagogas que tuvo la aljama de esta ciudad. 


La extensión de la judería abarcaría la cuadrilla de San Juan de Rabanera y la Plaza de Tovasol, hasta la Ermita del Mirón y Puerta de Nájera, donde tal vez tuvieron una sinagoga, según Nicolás Rabal.



También había otra aljama en el llamado arrabal, quizás extramuros, pero que hasta el día de hoy no ha sido fácil de localizar, aunque en los privilegios queda distinguida de la del Castillo.
En la ladera oriental del monte Oria se situó la necrópolis judía, donde, en el Siglo XX, tras unos trabajos de reforestación se encontraron varias tumbas de forma antropomorfa con cabecera oval, cuya estructura sigue modelos cristianos muy habituales en la época, así como una lápida correspondiente a Abraham Satabi que hoy se encuentra en el Museo Numantino de la ciudad de Soria, y confirmándose que la necrópolis se situaba fuera de la murallas de la ciudad. En la actualidad, debido a la gran pendiente y a la falta de adecuación, no es posible su visita.


Por el padrón que hicieron los almojarifes hebreos en la ciudad de Huete para el reparto de los servicios y encabezamientos de los judíos de Castilla, se sabe que la de Soria pagó 1038 maravedíes por encabezamiento. En tiempo del Rey Alfonso X el Sabio, se hizo un padrón, resultando que junto con las doscientas personas que vivían en los alrededores del castillo, en la ciudad de Soria hacían un toral de unos 1200 judíos. 

Según Luís Suárez, con arreglo a las cantidades pagadas por los judíos sorianos en los repartimientos del “Servicio de los castellanos de oro” entre 1486 y 1490, próximas a los 100.000 maravedíes anuales, se puede calcular una población hebrea cercana a las 300 familias en las fechas inmediatamente precedentes a la expulsión.
 
Entre los sorianos judíos más importantes, hay que destacar a Yusuf Albo, uno de los grandes talmudistas del Siglo XV. También al Rabino de la ciudad, Selomoh bar `Ali, autor de "Escolios del Talmud", y discípulo del Maestro Yonah que sería el precursor de la escuela de iluminadores de finales del Siglo XIII y comienzos del XIV. Soria contó además con grandes cabalistas judíos medievales como fueron los hermanos Jacob e Isaacben Ha-Cohén, Sem-Tob ben Abraham ibn Gaón y Abraham Benveniste que en 1432 alcanzaría a ser el tesorero mayor de Juan II.


Parece que por los datos que nos han llegado hasta actualidad, las relaciones entre cristianos y judíos fueron tradicionalmente buenas en Soria hasta mediados del siglo XV, o al menos, no se mencionan en las crónicas de la villa enfrentamientos de importancia. Aunque sí que en 1380, durante la celebración de las Cortes convocadas por Juan II se publican las  disposicionesdictadas contra los judíos en Soria, lo que  caracterizaría a la ciudad, según Menéndez Pidal, por su gran antisemitismo. No obstante, sí que durante las persecuciones durante 1391 la comunidad judía debió sufrir algún acto violento, a juzgar por una carta que el 16 de julio de 1391 envió la reina de Aragón, Doña Violante de Bar, al Arzobispo de Toledo, en el que la propia reina solicita la libertad para Samuel Bienveniste, un judío de Zaragoza, que cuando regresaba de Castilla al reino de Aragón, “hoyendo decir en el camino de Valote, ques era movido en Soria contra los judíos”, se refugió en el castillo de Cabrejas del Pinar, donde lo tenía preso desde entonces el Obispo de Osma. Pero en todo caso, no debieron sufrir demasiado al poder refugiarse en el castillo, según escribió YosefHa-Kohén en su “Emeq ha-Bakka” (El Valle del llanto). 
En seguida, los judíos se recuperarían por la política de protección de los monarcas hacia la población hebrea. Así, el 22 de junio de 1397, el rey EnriqueIII otorga a la aljama de Soria el privilegio de poder pasar semanalmente 20 cargas de vino de Aragón y Navarra, así como mantenimientos diversos para su provisión en el castillo, como recompensa por la defensa y guarda que hacían de la fortaleza. 


A lo largo del último tercio del Siglo XV se comprueba en el caso concreto de la Aljama de Soria como se produce un aumento de la presión sobre los judíos por parte de las autoridades municipales; aunque en general no eran frecuentes las acciones violentas, si se producían reiteradas negaciones a las aljamas a los concursos de la justicia concejil, restricciones en el suministro de víveres, insistencia en los apartamientos y al aislamiento de la comunidad, así como a la contribución en los impuestos locales, lo que provocaba no pocas quejas y pleitos. 

Con la unión de los reinos de Castilla y Aragón comienza a producirse en Soria el declive de la actividad comercial al dejar de ser un lugar de paso entre fronteras. En 1477 los Reyes Católicos declaran la orden de una judería obligatoria en Soria para evitar los dapños que por causa de bevir e morar e estar los judíos entre los christianos se seguían, hordenamos e mandamos que de aquí adelante los judíos non bibiesen nin morasen entre los christianos” que no se extendería al resto de juderías de ambos reinos hasta las Cortes de Toledo de 1480

Unos años más tarde, en 1479, en plena Guerra de Sucesión de Castilla, se producen algunas revueltas antijudías con la excusa de usura de prestamistas judíos de Soria.
Finalmente los judíos son apartados del Castillo en 1487 aunque no definitivamente de la ladera del monte Oria, donde habitarían hasta su expulsión en 1492, año en el que el decreto de expulsión de los judíos marca el comienzo de la definitiva decadencia económica y social de la ciudad de Soria y que duraría hasta bien entrado el Siglo XX.


Bibliografía:

[1] Sinagogas Españolas. Cantera Burgos, Francisco. Consejo Superior de Investigaciones Científicas. Instituto "Benito Arias Montano". Madrid. 1984.
[3] Les Juifs de Soria et Isabelle la Catholique. Julien Weill
[4] Juderías medievales en la provincia de Soria», Homenaje a Fray Justo Pérez de Urbel. Cantera Burgos, Francisco. Silos 1976, pp. 445-482.
[5] Del Pasado Judío en Los Reinos Medievales Hispánicos: Afinidad y Distanciamiento. Yolanda Moreno. pg. 278. 
[6] Soria. Sus monumentos y Arte - Su naturaleza e Historia. Rabal, Nicolás. Barcelona, 1889.
[7] Fontes Iudaeorum Regni Castellae. II: El Tribunal de la Inquisición en el Obispado de Soria (1486-1502). Carrete Parrondo, C, Con una valoración psicológica por M. J.  Castaño González, Salamanca 1985. 
[8] La Soria de los judíos: Sus caracteres elementales. Arevacon - vol. 16 - Museo Numantino/Soria - 2006 - 15pp. Castaño, Javier 
[9]  "Conflictos entre el concejo y la aljama de los judíos de Soria en el último tercio del siglo XV", Cantera Montenegro, Enrique. Anuario de Estudios Medievales, 13 (1983), págs. 583-599.